Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRABAJO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la demanda por Cumplimiento de Contrato, interpuesta por la ciudadana Mirelys Tibisay Molina Coronado, representada por su apoderado judicial Abog. Efráin Simón Arveláiz, contra la empresa mercantil Constructora Dicalco Compañía Anónima, representada por su Director-Gerente Bianca Tino Tirone, todos identificados plenamente en autos.SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada Constructora Dicalco Compañía Anónima, en la persona de su Director Gerente, ciudadana Bianca Tino Tirone, a otorgar el Documento de Promesa Bilateral de Compraventa, cuyo cumplimiento se demanda por ante el Notario Público de la Notaría Pública de Calabozo Estado Guárico; a venderle a la .....