Por los razonamientos que han quedado expuestos, tanto de hecho como de derecho, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia de menores (PENSIÓN ALIMENTARIA), en conformidad con la normativa establecida en la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de pensión alimentaria presentada por la ciudadana: SANDY COROMOTO SILVA CAMACHO, identificada en los autos, en representación de la niña MARY ELISA SILVA CAMACHO contra el ciudadano FRANCISCO JOSÉ SAEZ SOTO.- No hay condenatoria en costas.
Por cuanto la sentencia salio fuera del lapso legal correspondiente, se ordena la notificación de las partes. Líbrese boletas.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copi.....