DECIDE: ACORDAR lo solicitado y por tanto establece medida de protección a favor de la ciudadana GLADYS TERESA SANCHEZ DE RAMOS, titular de la cedula de identidad N° 5.623.137 y su grupo familiar, por noventa (90) días continuos, prorrogables a solicitud del Fiscal del Ministerio Público siempre y cuando se justifique la misma, relacionadas con medidas de custodia y apostamiento policial, debiendo definir entre el Ministerio Público, el Comandante de la Zona Policial N° 02, del Estado Guárico y las victimas, las condiciones hasta donde se extienda la medida de protección, mediante la coordinación y comunicación continua entre la victima y el Cuerpo Policial referido, para lo cual se acuerda librar oficio al Comandante de la Zona N° 02, de la Policía del Estado Guárico, con sede en esta ciudad de Valle de la Pascua, a la Unidad de Protección a la Victima, y la Fiscalia Superior del Estado Guarico, ambas con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, para su debido conocimiento, a fi.....