Con fuerza en los razonamientos de hecho y de derecho precedente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO, seguido contra el ciudadano DELGADO ACEVEDO VICTOR MANUEL, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia contra la mujer, con la agravante prevista en el artículo 21 numeral 1° Ejusdem, en virtud de ser la ley vigente y aplicable para la fecha en la cual ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana MARLENE COROMOTO GARCIA RUIZ, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 45 en concordancia con los artículos 48, Ordinal 7° del Código y 318 Ordina.....