Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; DECIDE: PRIMERO: Se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a la ciudadana DANNY CAROLINA RON, venezolana, natural de Valle de la Pascua, Estado Guarico, de 29 años de edad, nacida en fecha 27-08-1979, soltera, de Profesión u oficio del Hogar, hijo de Alfredo Muñoz y de Gregoria Ron, domiciliada en el sector El Rosario, Calle Manantial, Casa Nº 13, Valle de la Pascua, Estado Guarico, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO SOBRE OBJETOS EXPUESTOS A LA CONFIANZA PUBLICA, previsto y sancionado en el articulo 452 Ordinal 8° del Código Penal, cometido en perjuicio del COMERCIAL INVERSORA REX, de las establecidas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, como sería la del Ordinal 3º consistente en la presentaci.....