DECLARÓ EJECUTADA la sentencia condenatoria de OCHO AÑOS DE PRISION dictada en contra de los ciudadanos MAURICIO BERMUDEZ BEDOYA, titular de cedula de ciudadanía Colombiana N° 94.419.838; RODRIGO BERMUDEZ BEDOYA, titular de cedula de ciudadanía Colombiana N° 94.419.837 y JUAN CARLOS MUÑOZ DE SOSA, titular de cedula de ciudadanía Colombiana N° 71.711.780, (todos recluidos en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros), por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. E igualmente DECLARÓ COMPUTADA la pena de OCHO AÑOS DE PRISION y DETERMINADAS las fechas de opción de las fórmulas alternativas del cumplimiento de la pena impuesta a los ciudadanos MAURICIO BERMUDEZ BEDO.....