ORDENÓ DE OFICIO EL INICIO DE LOS TRAMITES PARA EL POSIBLE OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a favor del ciudadano JORGE LUIS MUÑOZ GUEVARA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 21.066.818, actualmente recluido en la Penitenciaría General de Venezuela. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal. E igualmente ACORDO EXPEDIRLE COPIA DEL CÓMPUTO A LA DEFENSA Y NOTIFICARLE que en fecha 17/03/10 se dictó auto ejecutando la sentencia e iniciando de oficio los trámites para el posible otorgamiento del beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.-