NEGO LA SOLICITUD DE LIBERTAD PLENA, por no haber transcurrido íntegramente el tiempo de cumplimiento de la condena , el cual culmina el día 21-11-2008 al penado VICENTE DE JESUS APONTE JICKSON, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.181.676; quien fue CONDENADO a CUMPLIR LA PENA DE CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley previstas en el Articulo 16 del Código penal , por la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 455 de Código Penal, en concordancia con el último aparte del articulo 80 del Código Penal y 82 ejusdem.-