Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión en Divorcio de la separación de cuerpos a la cual se refieren las presentes actuaciones y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: YUSMILA JOSEFINA GARCIA DE ROMERO Y BLADIMIR JOSE ROMERO CHACHÁ, ambas partes identificadas en los autos, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Leonardo Infante del Estado Guarico, en fecha 16 de Mayo del año 1997, según acta Nº 13