D I S P O S I T I V O
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA su INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO para conocer la Solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada, por el ciudadano SEGUNDO RAFAEL RAMOS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.512.940, de este domicilio; asistido por la Abogado YOLANDA GUILLERMINA RAMOS inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 158.039; en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA, AL TRIBUNAL DISTRIBUIDOR DE LOS TRIBUNALES DE MUNICIPIO ORDINARIOS Y EJECUTORES DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, con sede en la ciudad de Calabozo, Estado Guárico. .....