En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, éste Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ANA RAMONA PRIETO DE BUITRAGO, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.087.846, sobre las bienhechurias, descritas en el escrito de solicitud, inserto al folio 01 y vto del presente expediente, sobre un Lote de Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección AVENIDA JOSE FELIX RIBAS, PROLONGACION, LOCAL S/N, FRENTE AL LICEO ROSCIO, SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUARICO, constante de una superficie de Terreno de VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (26,40 M2), .....