El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos: ARGENIDA CLEOTILDE RONDON DE GUERRA, RAFAEL OCTAVIO GUERRA RONDON, GRETA OSCARINA DE ASIS GUERRA RONDON, OSCAR JAIME GUERRA RONDON, CARLOS JULIO GUERRA RONDON, JOSE ANGEL GUERRA RONDON y PATRICIA CAROLINA DE CASIAS GUERRA RONDON como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto JOSE OSCAR GUERRA. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse en originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.
El Juez,
Dr. José Alberto Bermejo.
La Secretaria,
Abog. Yessica Mora.
Seguidamente se deja constancia que se devolvió original constante de veintiocho (28) fol.....