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PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento en los motivos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en su competencia MERCANTIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION seguida por la Empresa AGROISLEÑA, C.A. en contra del ciudadano BORGES INFANTE JESUS ENRIQUE, ambas partes identificadas en los autos; y por vía de consecuencia, CONDENA al demandado perdidoso a pagar a la parte actora las siguientes cantidades de dinero:
A) La cantidad de VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO TRECE BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 23.786.113,41), hoy equivalente a la cantidad de VEINTITRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON ONCE CENTIMOS (Bs.F. 23.786,11) monto contenido en las letras de cambio acompañada a la demanda; B) La suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SET.....