I I I
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Inserción de Partida de Nacimiento intentada por la ciudadana ALICIA RAMONA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.329.912 y en consecuencia, se ordena la inserción de la partida de nacimiento de la mencionada ciudadana en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, quien según los autos y recaudos acompañados a la solicitud, nació el 27 de Abril de 1.956, en la ciudad de Valle de la Pascua Estado Guárico, siendo hija de GREGORIA CONTRERAS.-
Conforme al artículo 506 del Código Civil, se ordena remitir copia certificada de la presente decisión con oficio al Registro antes mencionado, a los fines de que se inserte en los Libros de Regist.....