D I S P O S I T I V A
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En consecuencia y por lo antes expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION seguida por LA EMPRESA MERCANTIL TECNOLOGIA INTEGRAL DE SERVICIOS AGROPECUARIOS, C.A., (TISA) contra RIERA RAMOS JOSE ANTONIO, suficientemente identificados en autos.
SEGUNDO: Se CONDENA a la parte demandada perdidosa a pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero: A) La suma de SESENTA Y DOS MILLONES DE BOLIVARES (62.000.000,oo Bs.) monto demandado en el escrito libelar, lo que equivale en el día de hoy a la cantidad de SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs. 62.000,oo); B) La suma de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (15.000.000,ooBs.) lo que equivale el día de hoy a la cantidad QUINCE .....