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Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la FALTA DE CUALIDAD de la co-demandada EDDITH JUSTINA DURAN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.258.350, para sostener el presente juicio, y así se resuelve.
SEGUNDO: CON LUGAR la FALTA DE CUALIDAD de la parte actora ciudadana MARISOL JOSEFINA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.218.301, para sostener el presente juicio, y así se decide.
TERCERO: SIN LUGAR la presente demanda de NULIDAD DE DOCUMENTOS incoada por la ciudadana MARISOL JOSEFINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 6.218.301, contra los ciudadanos JOSE LUIS FONSECA, EDDITH JUSTINA DURAN RODRIGUEZ y ANA ISMENIA VIETTRI VIETTRI, titulares de las cédulas.....