En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO DE ACCIONES, interpuesta por los ciudadanos FREDYS LEDEZMA DIAZ, NEYDA MERCEDES MENDEZ DE LEDEZMA, CESAR AUGUSTO LEDEZMA MENDEZ, PABLO EMILIO LEDEZMA MENDEZ y FREDDY ENRIQUE LEDEZMA MENDEZ, anteriormente identificados, procediendo en sus carácter de Accionistas de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA LEDEZMA C.A. (AGROPELCA), actuando como Terceros Interesados, dicha medida fue practicada en la presente causa por el Juzgado Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, según acta de fecha 31 de Mayo del 2011, la cual riela del folio 16 al 22 del presente Cuaderno de Medidas, por lo que se DEJA SIN EFECTO la misma, y así se decide.
Por lo que se ordena en su debida oportunidad notificar lo conducente al.....