Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos JOSE ANTONIO MOTA MADRID y CARMEN JULIANA RODRIGUEZ DE MOTA, quienes en vida eran venezolanos, mayores de edad, casado, titulares de las cédulas de identidad Nrs V-2.226.491 y 2.226.788 y quienes fallecen el 23 de agosto de 1985 y el 23 de junio de 2016, respectivamente, a sus hijos ciudadanos: MERCEDES JOSEFINA MOTA RODRIGUEZ, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, CARMEN PORFIRIA MOTA RODRIGUEZ, MIREYA ADALMIRA MOTA RODRIGUEZ, ANA EMILIA MOTA RODRIGUEZ, JERONIMA RAMONA MOTA RODRIGUEZ, ARNALDO ANTONIO MOTA RODRIGUEZ, HAIBORIS TERECITA MOTA RODRIGUEZ , JOSE ANTONIO MOTA RODRIGUEZ, y JOSE NEPTALÍ MOTA RODRIGUEZ venezo.....