Por las anteriores Consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en ejercicio de su competencia en materia de trabajo, específicamente en sede de su jurisdicción de estabilidad laboral, DECIDE: Se declara CON LUGAR la Solicitud y demanda de Calificación de Despido intentada por la ciudadana MIGDALIA ANDREINA VELASQUEZ ACUÑA, ya identificada, contra el Colegio MIGUEL GONZALEZ CONTRERAS, también identificado.- En consecuencia, se califica como in justificado el despido y se condena a la parte demandada en los siguientes términos: se declara CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y el Pago de los salarios Caídos a favor de la ciudadana, MIGDALIA ANDREINA VELASQUEZ ACUÑA, por lo que se ordena a la parte demandada para que proceda de inmediato al referido reenganche y al pago de los salario.....