Por las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en ejercicio de su competencia en materia del Trabajo, DECIDE: Se declara SIN LUGAR la demanda que por reclamación del pago de Prestaciones Sociales y otros conceptos, ha intentado el ciudadano SANTOS RAMON MACHINA, ya identificado, contra la firma personal LACTEOS ZARAZA, también identificada , por no encontrar suficientes elementos de convicción que permitan a este Juzgado la comprobación de los hechos alegados, aplicándose también lo dispuesto en los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil, así como también la denominada por la Jurisprudencia y la Doctrina.-
No se hace especial condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.-