El tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: : ALEXANDER MANUEL FIGUEIRA DE ANDRADE e ISAURA MARIA DOS SANTOS MOREIRA, supra-identificados, de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil, el cual contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 09 de Junio de 2006, como se evidencia del acta de matrimonio que en copia certificada, riela al folio Siete (07) del expediente, acta Nº 132.
Remítase copia a las autoridades civiles competentes.
Notifíquese a la Fiscalia Décima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despach.....