En fuerza de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la defensa de fondo de falta de cualidad del demandado JESUS RAMON CHAPARRO GUZMAN; SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la defensa de fondo de falta de cualidad del actor JIOVANNY ANTONIO BAZARELLI GUZMÁN; TERCERO: Se declara CON LUGAR la acción de DESALOJO fundamentada en la causal prevista en el artículo 34 literal "A" de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, intentada por la Abogada ROSEMARI GUERRA MÁRQUEZ, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano MARIO BAZZARELLI RIZZO contra la Sociedad Mercantil ACCESORIOS SHIRLY CARS, C.A., en las personas de sus representante legales, ciudadanos JESUS RAMON CHAPARRO y MATGDELIA PACHECO DE CHAPARRO, to.....