Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos SANDI LISBETH PARAHUATY MARQUEZ y ANGEL ELISEO FLORES GARCIA, venezolanos, mayores de edad, casados, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-13.820.444 y V-12.475.857 respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 18 de Diciembre del año 1996, por ante la Prefectura Civil del Municipio Miranda del Estado Guárico, denominada ahora Registro Civil de la ciudad de Calabozo Estado Guarico.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Pri.....