DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos y las normas legales citadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, en vía intimatoria, interpuesta por el Abogado CARLOS ERNESTO MÉNDEZ MOTA, actuando en su condición de Endosatario en Procuración al cobro del ciudadano MANUEL ÁLVAREZ, contra el ciudadano JOSÉ JARA, todos identificados en el presente fallo.
SEGUNDO: Condena al demandado a pagar al actor las siguientes cantidades:
a) BOLÍVARES DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL (Bs. 2.860.000, 00), por concepto del capital contenida en la letra.
b) BOLÍVARES SESENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 60.334, 24), por intereses moratorios, vencidos, calculados hasta la.....