niega la medida cautelar de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 02-2023, de fecha 22 de febrero de 2023 sustanciada en el Expediente con la nomenclatura 011-2022-01-00050 dictada por la Inspectoría del Trabajo sede Calabozo Estado Guárico mediante la cual declaró Sin Lugar, la Solicitud de Reenganche y Restitución de Derechos, presentada por el ciudadano Rigo José Rebolledo Tinedo.