DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto; Este Juzgado Único de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Circuito Judicial del Estado Guarico Con Sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: La Imposición de las medidas cautelares sustitutivas de libertad previstas en los literales c, d y e del articulo 582 de la Ley Especial, las cuales consisten en lo siguiente: c- presentación periódica cada 8 días por ante el equipo multidisciplinario de la sección penal de adolescentes adscrita a este Circuito Judicial del Estado Guarico, d- prohibición de salir de la localidad en la cual reside sin autorización de este Juzgado y e- prohibición de concurrir a determinados sitios como por ejemplo bares, lenocinios, discotecas, minitecas, tascas etc., en fin aquellos sitios donde expendan bebidas alcohólicas; a la adolescente: GUZMAN GODOY ROSBELY DEL CARMEN, quien es.....