Se registró y publicó Sentencia mediante la cual se hicieron los siguientes pronunciamientos: 1- Se admitió la Acusación fiscal 2 Se admitieron los medios de pruebas ofrecidos por las partes. 3- Se impuso medida cautelar literal "c" art. 582 LOPNA. 4- Se declaró sin lugar la solicitud presentada por la Defensa. 5- Se ordenó el enjuicimiento del Adolescente 6- Se emplazo a las partes a concurrir a juicio Oral en su oportunida legal y se ordeno remitir al tribunal de juicio la causa en su oportunidad legal. Todo de conformidad con lo establecido en en el Art. 9 de la Ley de Hurto y Robo de vehiculos automotores en concordancia los literales "a y e" del Art. 578, 579, 580, 582 de la LOPNA.