Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandante y CONFIRMADA la decisión recurrida, en el juicio seguido por el Ciudadano Manuel de Gouveia Gonzalez contra el ciudadano Aldo Onofrio Di Nino García, partes identificadas en autos, que declaró Sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales.