Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. En consecuencia se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la decisión recurrida de fecha 15 de octubre de 2009, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano Andres Villarroel y otros contra Constructora Vialpa, S.A.-