Se declara INADMISIBLE LA RECUSACIÓN interpuesta por el Abogado JORGE ALEJANDRO VALERA, en representación de la parte actora, contra el Ciudadano DANIEL CERERO, en su condición de Juez Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, en fecha 11 de enero de 2011.