Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el recurso de hecho interpuesto por la abogada Gisela María Solano Tablante, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en el juicio seguido por los ciudadanos José Cabeza, Carlos Zamora y otros contra la empresa Essagua C.A.