Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción del Estado Guárico, procediendo en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SE REVOCA la decisión de fecha 28 de septiembre de 2005 proveniente del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se anulan todas las actuaciones provenientes del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua. TERCERO: Se repone la causa al estado de que el tribunal de merito que resulte competente notifique a los solicitantes del amparo, a los fines de que subsanen las omisiones contenidas en dicha solicitud, para lo cual se concede un lapso preclusivo de tres (3) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación de las partes accionantes,.....