Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. Segundo: SE REVOCA la sentencia de fecha trece 13 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Tercero: SE REPONE la causa al estado de que el Juzgado a quo dentro de los tres días hábiles siguientes al recibo del presente expediente, fije oportunidad para la celebración de una nueva audiencia preliminar en el presente juicio, sin necesidad de notificación de las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho con su comparecencia a la audiencia de apelación.