Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante apelante. Segundo: Se confirma la decisión recurrida. En consecuencia se ordena la remisión del presente asunto, al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción Judicial, a los fines de su pronunciamiento respectivo.