Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada y CONFIRMADA la medida ejecutiva de embargo, en el juicio seguido por el Ciudadano Oswaldo Rafael Tarazona Páez contra "Asociación Cooperativa de Transporte de Pasajeros Ramona de Mendoza de Responsabilidad Limitada", partes identificadas en autos.