de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda ampliar el Dispositivo del fallo publicado en fecha 21 de junio del 2005, en el punto Nº 11, el que quedara redactado en los siguientes términos:" " 11.- Los Intereses sobre las prestaciones sociales (Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo) condenadas a pagar en los puntos 3,4,5,6,7 de este dispositivo, para el cual se ordena realizar experticia complementaria del fallo por un solo experto designado por el tribunal, quien deberá atender a los salarios reflejados en los referidos puntos, y a los intereses sobre prestaciones sociales fijados por el Banco central de Venezuela, conforme lo dispuesto en el literal c) del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo". Así como, Los Intereses Moratorios sobre las prestaciones sociales (Artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) calculados desde la culminación de la relación de trabajo hasta su definitivo p.....