DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Anibal José Dávila, titular de la cédula de identidad Nº V-3.204.259, debidamente asistido por el Abg. Yimy Albani, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 157.224, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.