Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por el Artículo 185 del Código Civil, correspondiente a los Ciudadanos DIANABEL RON CENTENO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.121.298, de este domicilio y FELIX ANTONIO PEREZ HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.702.577, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Giraldo del Estado Aragua, en fecha 30 de agosto de 2007, según Acta Nº 141, tomo III, año 2007.
Liquídese la comunidad conyugal.-
Asimismo conforme a criterios ratificados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 0.....