Se declaró inadmisible, el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Francisco Ernesto Franco López y Pablo Francisco Mora Aparicio, en la condición de víctimas, contra la decisión del Juzgado 1° de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, de fecha 17 de diciembre de 2004, que en su dispositiva dispuso absolver al acusado José Luis Sojo Miranda. Se funda la presente decisión en el artículo 437 letra "b" del Código Orgánico Procesal Penal.