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Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, y quedando probado en autos la existencia de los mencionados errores materiales de la precitada acta de matrimonio, este Tribunal en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Rectificación de Partida de nacimiento intentada por el abogado TERESO ALVAREZ SANDOVAL, actuando en nombre y representación de los ciudadanos AQUILES JOSÉ GREGORIO GUEVARA FERNÁNDEZ y VICTOR JOSÉ GUEVARA FERNÁNDEZ, y se ordena la rectificación de las Partidas de Nacimientos asentadas en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados durante el año 1.960 por el Registro Civil del Municipio Autónomo Pedro Zaraza, del Estado Guárico, bajo el Nº 194, folio Vto 97, asimismo la asentada bajo el Nº 195, folio Fte 98; en el sentido de que estampe la nota correspondiente, corrigiendo el nombre de la madre de sus mandantes, en razón que donde d.....