DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Parcela N° L-3", ubicada en el sector El Limón, asentamiento campesino El Limón, Parroquia San Jose de Tiznados, Municipio Ortiz del estado Guárico, constante de una superficie de cuarenta hectáreas con dos mil cinco metros cuadrados (40 has con 2.005 mts2), alinderado de la siguiente manera: Norte: Terrenos ocupados por parcela Nº L 1. Sur: Terrenos ocupados por parcela Nº L 5. Este: Vía de Penetración y Oeste: Río Tiznado, a favor del ciudadano Eduardo Alberto Oramas Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula.....