Se dictó resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, Declara la nulidad de todas las actuaciones siguientes al auto dictado en fecha 23-05-06, y REPONE la presente causa al estado de que sean libradas nuevamente las compulsas a las ciudadanas FABIOLA DEL CARMEN MORON DE SISO, ZORAIDA DEL VALLE SISO ROJAS y CAROLINA MARINELA SISO ROJAS y sea debidamente practicada su citación; por ende se deja sin efecto las ordenes de comparecencia libradas en la fecha señalada up-supra y se ordena librar nuevas compulsas, a los fines legales consiguiente