Por las razones expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana CARMEN AUGUSTA CORTEZ, (CONCUBINA) y a los ciudadanos YUSNEY YUSLEINY PANTOJA ROJAS, CARLOS ALBERTO PANTOJA HERRERA, PAULA CAROLINA PANTOJA CORTEZ, (Hijos), Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-12.901.630, V-18.908.498, V-21.277.766, V-26.177.259, respectivamente, todos de este domicilio, del fallecido JUAN JOSE PANTOJA, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.341.237, quedando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el libro copiador. Devuélvase original con sus resultas al interesado. Anótese su entrega en el Libro de solicitudes y compútese en la estadística del Tribunal. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en Calabozo en la Sala de Despacho del Tr.....