SE DECLARO, SIN LUGAR, la acción recursiva de apelación de auto ejercida por el abogado JOSE WILFREDO BARRIOS RODRIGUEZ actuando en su condición de defensor Público Segundo del ministerio público en representación del imputado RAFAEL ENRRIQUE DELGADO LOVERA contra el auto dictado por el tribunal Tercero de Control de este circuito judicial penal de la extensión Calabozo, que decreto medida de privación judicial de libertad al referido ciudadano, y por vía de consecuencia se confirma la decisión recurrida,.Todo conforme a las previsiones de los artículos 2, 26,29,44, 257, 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 250 y 251 del Código Orgánico procesal penal.