En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, éste Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y eleva el anterior justificativo a TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano GREGORIO JACOBO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-2.506.762, sobre las bienhechurias, descritas en el escrito de solicitud, inserto desde el folio 01, 02 y 03 del presente expediente; sobre un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la siguiente dirección: SECTOR LOS PLACERESC CALLE ECUADOR, CASA Nº 01, SAN JUAN DE LOS MORROS, MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO NIEVES, ESTADO GUARICO, constante de una superficie de Terreno de TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CO.....