DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que esta Alzada, DECLARA: UNICO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN INTENTADO POR DECAIMIENTO DEL OBJETO, ejercido por el ABG. TONY VIEIRA FERREIRA, en su condición de Defensor Público del ciudadano YONNY ALEXANDER VEGAS ROJAS, contra decisión dictada en fecha 02 de Abril de 2009, y publicada su fundamentación en fecha 11 de Mayo del 2009, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual declaró CON LUGAR la solicitud efectuada por el Ministerio Público representado por el Dr. Ronald Cobarrubia, Fiscal (16º), ambas de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia ordenan.....