SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO presentada por la Fiscal Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el presente asunto, en donde aparece como Imputados los ciudadanos CARLOS MIGUEL HERNÁNDEZ ARMAS Y ELIAS RAFAEL SEIJAS, identificados en autos, y como víctima el Estado Venezolano, conforme a lo pautado en el ordinal 4° y 1º. del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la falta de certeza, ni la posibilidad de incorporar de incorporar nuevos elementos a la investigación y el hecho objeto del proceso no puede atribuírsele al imputado.-