PRIMERO: Se ORDENA de manera Oficiosa-Inquisitiva, la Reposición de la Causa a los fines de que se solicite a cualquiera de los órganos administrativo, específicamente, al Consejo Nacional Electoral (CNE) o al Director del Sistema Autorizado de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), informe al Tribunal de la Causa, cual es el domicilio de la Ciudadana CLARIBEL LORELIS, HERNANDEZ RODRIGUEZ, titular de la Cédula de identidad N° 15.606.132, para que se practique en el mismo el llamamiento o citación como acto de comunicación que integra la litis, garantizándose el debido proceso de rango constitucional y como medida excepcional que puede utilizar el Juzgador de las instancias de conformidad con los artículos 17, 15 y 14, a los fines de evitar fraudes procesales y garantizar el equilibrio procesal como director del proceso que es, y así se establece.
Se ANULA todo lo actuado al estado de que visto el presente fallo, se ordene lo supra establecido, a los fines de lograr la debid.....