administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana: ROSANGELA MANIA, representación de sus hijos: ROSIMAR BRAVO MANIA y ROXANA PAOLA BRAVO MANIA contra el ciudadano: JUAN JOSE BRAVO, con motivo del juicio de FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION, por tanto la suma establecida es la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 491,4), que es el monto equivalente al 20% del salario mínimo Nacional Urbano, que está establecido en la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs 2.457,00), que deberá el demandado ya identificado suministrar a su hijos identificada en autos, por mensualidad adelantada. Igualmente el obligado, "demandado" JUAN JOSE BRAVO, deberá colaborar con la compra de uniforme y útiles escolares en un cincuenta (50%) por ciento, igualmente en el mes de diciembre los gastos serán compartidos en un 50%, para gastos propios de.....