Se publicó y registró decisión en la que se decreto 1) Se Declara competente para conocer de la presente causa, por cuanto se evidencia del acta de nacimiento que consta a los autos, en el folio (107), que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, tenia 17 años de edad, para el momento de los hechos 2) Se Acuerda fijar audiencia oral para oir a las partes para el dia Martes 07-03-2006.Todo de conformidad con los art. 26 Constitucional y 8 , 531,534 de la Ley Organica para la Protección del Niño y del Adolescente.